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“Ya viene siendo hora" de que los países adapten sus leyes contra el cambio climático con sus obligaciones en materia de derechos humanos, afirma el Alto Comisionado

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28 mayo 2024
Pronunciado por: Volker Türk, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

“Ya viene siendo hora" de que los países adapten sus leyes contra 
el cambio climático con sus obligaciones en materia de derechos humanos, afirma el Alto Comisionado

Permítanme mostrar mi más sincero agradecimiento al UCLA Law Promise Institute y a todos los socios organizadores por convocar este debate tan oportuno.

El mundo se encuentra ante una encrucijada, teniendo que enfrentarse a un gran número de desafíos e incertidumbres.  Conflictos al alza y cada vez más intensos.  Desigualdades cada vez más profundas. Divisiones geopolíticas que erosionan la confianza y que hacen añicos nuestro sentido de humanidad compartida justo cuando nos necesitamos unos a otros más que nunca.  Y por supuesto, la triple crisis planetaria del cambio climático, la pérdida de biodiversidad y la contaminación, la cual ha dejado de ser una amenaza de un futuro distópico, para convertirse en un fenómeno con consecuencias devastadoras para nuestras vidas y sustentos de vida aquí y ahora.

Como ustedes saben muy bien, sin medidas inmediatas y tangibles, el impacto para los derechos humanos de la destrucción medioambiental irá incrementándose de forma exponencial.

Hoy en día 7 millones de personas mueren cada año solamente a causa de la contaminación del aire.

Hoy en día, fenómenos meteorológicos extremos que en el pasado eran completamente ajenos a muchas zonas (olas de calor intensas, sequías, inundaciones y ciclones tropicales) se están convirtiendo en algo habitual, provocando la muerte de miles de personas y el desplazamiento de millones más.

Hoy en día, ecosistemas enteros, los sistemas alimentarios y las personas que dependen de todos ellos están al borde del colapso.

El Secretario General de las Naciones Unidas ha afirmado recientemente que estamos librando una guerra suicida contra la naturaleza.

La única manera de ganar es deteniéndonos, y cambiando nuestro modo de actuar.

Los derechos humanos ofrecen una hoja de ruta, la hoja de ruta, para el cambio transformador que hemos de poner en marcha para hacer las paces con la naturaleza, con el fin de conservar de esta manera nuestro planeta y nuestro futuro.

El marco de los derechos humanos es universal.  Este nos conmina a actuar.

No por miedo, sino en interés de un compromiso por conseguir soluciones, las cuales estén arraigadas en la justicia y la dignidad humana.

Soluciones que funcionen de verdad.

El año pasado celebramos el 75º aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.  

Este fue un documento que se concibió en el período posterior a un profundo trauma y horror globales.

Mucho antes de que el mundo supiera lo que sabemos hoy sobre la amenaza del cambio climático.

No obstante, las promesas que incluía la Declaración siguen sonando hoy igual de verdaderas y relevantes.

En medio de las múltiples crisis que nos abordan, resultó enormemente conmovedor recibir los cientos de promesas realizadas por gobiernos, la sociedad civil y el sector privado en nuestra iniciativa Derechos Humanos 75 en diciembre, lo que resaltó el poder y la urgencia de los derechos humanos como catalizador de cambio.

Como resultado de las productivas consultas que mantuve durante todo el año pasado, desarrollé una declaración de visión: Human Rights: A Path for Solutions. Uno de sus mensajes principales es la necesidad de que las medidas medioambientales estén ancladas en los derechos humanos.

Señalé en ese documento algunas de las prioridades que incumben directamente a los debates que van a entablar ustedes, y que incluyen: los avances en la normativa sobre el derecho a un medioambiente sano; la exigencia de responsabilidades por daños medioambientales; la justicialidad de la adecuación de las medidas gubernamentales conducentes a prevenir estos daños; el capacitar a las personas para que puedan ejercer sus derechos de forma segura; así como una transición equitativa y justa hacia economías y sociedades sostenibles.

Colegas,

Resulta alentador comprobar que la búsqueda de soluciones para el cambio climático continúa a buen ritmo.  Un desarrollo pionero del derecho internacional durante los últimos años está contribuyendo enormemente a este movimiento.  La dificultad estriba ahora en saber cómo trasladar esas palabras en acciones reales, como sucede siempre.

No obstante, nuestros esfuerzos pueden afianzarse aun mas si se concretan ciertos avances.

En 2022, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció lo que ya sabíamos que era un hecho: que todas las personas en cualquier parte del mundo tienen derecho a un medioambiente limpio, sano y sostenible.  

Desde la aprobación de esta resolución, ésta ha sido referida por la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medioambiente, el organismo encargado de la toma de decisiones en materia de asuntos medioambientales de mayor nivel en el mundo. La resolución ha resultado ser también crucial a la hora de obtener resultados positivos en negociaciones claves sobre cambio climático, biodiversidad y la industria química, además de en la consecución de resoluciones judiciales.   Como ejemplo tenemos la reciente decisión adoptada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual consideró que habían existido violaciones generalizadas del derecho a un medioambiente sano de la comunidad La Oroya en Perú, como consecuencia de una regulación inadecuada de un complejo minero y metalúrgico.

Aproximadamente el 83 por ciento de los Estados Miembros de las Naciones Unidas han reconocido ya formalmente en su legislación nacional el derecho a un medioambiente sano.

Se han puesto en marcha debates sobre el derecho a un medioambiente sano en varios organismos regionales, como el Consejo de Europa y ASEAN, lo que conlleva el potencial para progresar hacia un entendimiento común de lo que significa este derecho, así como para apuntalar los mecanismos necesarios para su aplicación y cumplimiento.

Todas estas iniciativas son relevantes.  Pueden ofrecer claridad y facilitar la aplicación del derecho a un medioambiente sano además de proporcionar una base a la hora de exigir responsabilidades a gobiernos y empresas por daños medioambientales.

A la vez que no existe una definición acordada de forma universal sobre qué significa el derecho a un medioambiente sano, por lo general se entiende que este derecho incluye una serie de elementos que son: aire limpio; un clima seguro y estable; acceso a agua segura y a saneamiento adecuado; alimentos sanos y producidos de forma sostenible; entornos no tóxicos en los que se pueda vivir, trabajar, estudiar y jugar; biodiversidad y ecosistemas saludables; acceso a información; acceso a justicia; así como el derecho a participar en la toma de decisiones.  Muchos de estos elementos suponen por sí solos derechos propios.

De manera significativa, el derecho a un medioambiente sano sirve de puente entre, vinculando de forma estrecha, la normativa medioambiental y la de derechos humanos, ofreciendo de este modo una hoja de ruta para encontrar soluciones tanto para las personas como para el planeta.  En cierto sentido, este derecho sirve para superar la fragmentación la cual ha sido un asunto de debate en la comunidad jurídica internacional y en el mundo académico.

El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático concluyó que un enfoque basado en los derechos humanos sobre la acción climática conduce a obtener resultados más sostenibles y eficaces.

Asimismo, cada vez se producen más solicitudes de opiniones consultivas relacionadas con el cambio climático ante tribunales regionales e internacionales.

Jóvenes procedentes de la región del Pacífico trabajaron de forma conjunta con el Gobierno de Vanuatu y con una coalición de múltiples interesados para que la Asamblea General de las Naciones Unidas solicitara a la Corte Internacional de Justicia que aclarara las obligaciones legales y de derechos humanos que tienen los Estados con respecto al cambio climático.  La Corte se encuentra actualmente deliberando su opinión.

Una solicitud puesta en marcha por los gobiernos de Chile y Colombia ha iniciado un proceso similar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Hace poco más de una semana, el Tribunal Internacional del Derecho del Mar emitió una Opinión Consultiva sobre el cambio climático, y determinó que las emisiones antropogénicas de gas invernadero constituyen contaminación marina y que los Estados tienen la obligación vinculante de limitar el aumento de temperatura a un nivel no superior a 1,5 ºC. El Tribunal describió el cambio climático como una amenaza existencial la cual conlleva riesgos para los derechos humanos.

Y hace poco más de un mes, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunció en favor de un grupo de mujeres suizas quienes habían sostenido que se había incrementado el riesgo que corrían de morir por culpa de olas de calor, debido a políticas nacionales débiles contra el cambio climático.  Esta decisión dictaminó que los Estados tienen obligaciones vinculantes de derechos humanos acerca del cambio climático con respecto a lo que afecta al derecho a la vida privada, a la vida familiar y a un domicilio.  El Tribunal sostuvo además que la adecuación de las medidas de un Gobierno destinadas a hacer frente a los daños relacionados con el cambio climático puede ser recurrida en los tribunales nacionales.  Se trata de un avance significativo para los Estados que forman el Consejo de Europa, y es probable que influya en tribunales de otras regiones.

Este volumen cada vez mayor de jurisprudencia refleja la interpretación generalizada de que la crisis climática es una crisis de derechos humanos.

Una crisis ante la cual no estamos haciendo lo suficiente para detenerla.

A pesar de esto, el poder que tienen los litigios estratégicos para impulsar cambios relevantes en las políticas y prácticas de gobiernos y empresas es más que evidente.   

Mi Oficina sigue todos estos procedimientos de forma estrecha, a la vez que interviene en algunas posiciones clave.  Me siento orgulloso de formar parte de este movimiento, el cual es esencial para nuestro futuro compartido.

Me gustaría agradecerles también a todos ustedes por su ardua labor para procurar una mayor claridad moral, legal y en las políticas y también para mejorar la rendición de cuentas.

Colegas,

La crisis climática, como otras numerosas crisis, es profundamente injusta, afecta de manera desproporcionada a las personas más pobres y marginadas del planeta a la vez que desata sus mayores efectos sobre países y comunidades que apenan han contribuido a crearla, y que a menudo no cuentan con recursos adecuados para hacerle frente.

En concreto, las repercusiones de la degradación medioambiental suelen perpetuar el racismo histórico y el persistente, la discriminación y la injusticia que están arraigadas en los legados de la esclavitud y el colonialismo.

Por esta razón, es clave que las políticas climáticas tengan en consideración y combatan la discriminación racial y otras formas de discriminación y desigualdades.

Y a pesar de todo esto, vemos las llamadas 'zonas de sacrificio' en donde las comunidades más pobres o marginadas son obligadas a soportar la carga profundamente desproporcionada de la contaminación industrial, lo que significa en esencia permitir el crecimiento y beneficio económico a costa de los derechos y salud de las personas que residen en estas zonas.

Vemos como a Pueblos Indígenas, desde los tiempos del colonialismo hasta el presente, se les niega el pleno disfrute de su derecho al desarrollo, a sus conocimientos tradicionales, así como a sus tierras, territorios y recursos.  A pesar de que estas comunidades desempeñan un papel más fundamental que nunca a la hora de proteger los ecosistemas y la biodiversidad.

Las opiniones consultivas aun pendientes referentes al cambio climático suponen oportunidades óptimas para afianzar las funciones evidentes de los Estados de proteger los derechos humanos de todas las personas, sin discriminación alguna, frente a las trágicas repercusiones que conlleva la crisis climática.   

Colegas,

Ya viene siendo hora de que los países actúen para adaptar sus leyes y políticas contra el cambio climático con sus obligaciones en materia de derechos humanos.

Asegurar el derecho a un medioambiente limpio, sano y sostenible también exige que usemos los instrumentos que nos ofrece la legislación, incluyendo la legislación penal, de forma más amplia para con ello hacer frente a los daños medioambientales.

He dado mi apoyo a la solicitud para que el delito de ecocidio entre dentro de la competencia de la Corte Penal Internacional (ICC, según siglas en inglés), y he celebrado la reciente puesta en marcha por su Fiscalía de un proceso consultivo sobre el enjuiciamiento de la degradación medioambiental a través del marco existente de la ICC.

Estos pasos sirven como claro indicador de que los delitos medioambientales deben recibir la misma consideración que otras atrocidades con graves consecuencias también para los seres humanos.

No obstante, es necesario proporcionar mayores herramientas a las iniciativas en pro de la justicia medioambiental.  Las personas responsables de una destrucción malintencionada y deliberada del medioambiente deben hacer frente a su responsabilidad de forma adecuada, incluyendo por la vía penal, a nivel nacional.

El Parlamento Europeo dio recientemente un paso destacado hacia la penalización de la degradación medioambiental.  El Parlamento aprobó una Directiva por la que conmina a los Estados Miembros de la Unión Europea a imponer sanciones económicas y sanciones penales contra cualquier persona que provoque destrucción medioambiental o daños medioambientales graves y generalizados.  

Los Estados Miembros cuentan con un período de dos años para incorporar esta normativa a su legislación nacional.

Este reconocimiento de los delitos medioambientales, y que incluye el delito de ecocidio, por parte de los regímenes jurídicos a nivel internacional, regional y nacional, contribuiría a afianzar la rendición de cuentas por daños mediombientales.

También serviría como ejemplo de justicia fundamental, y para mostrar que la violencia contra el medioambiente es un daño grave para nuestro bien común.

Tendría además un efecto disuasorio ante determinados comportamientos, incluyendo los de algunas empresas, para que pongan fin a a prácticas que ocasionan daños medioambientales.

Colegas,

Las crisis medioambientales suelen tener múltiples y diversas causas, así como repercusiones. Esto hace que se necesiten de múltiples y diversos planteamientos para lograr la justicia medioambiental.

Como ejemplo, en su resolución 51/35, el Consejo de Derechos Humanos solicitó a mi Oficina que prestara apoyo a las iniciativas del Gobierno de las Islas Marshall para incorporar la justicia de transición a su estrategia nuclear nacional. Como puede que ustedes ya sepan, la población de las Islas Marshall sigue viviendo bajo los efectos adversos de los residuos, la radiación y la contaminación nucleares resultantes de 67 ensayos de armas nucleares efectuados en sus Islas, que supuso también el traslado de población y efectos a largo plazo para su salud y bienestar.

Los procesos de justicia de transición ayudan a los países a abordar el legado de las violaciones y abusos de derechos humanos a gran escala.

Estos procesos aspiran a asegurar la rendición de cuentas, a ofrecer justicia a las víctimas y comunidades afectadas, además de a prevenir futuras violaciones y daños.

Y lo que quizás sea más importante de todo, sitúan a las víctimas y las comunidades afectadas en el centro de todos sus esfuerzos, garantizando la participación considerable de las mismas en las decisiones y medidas que les afectan.

El Secretario General de las Naciones Unidas ha subrayado recientemente el potencial transformador que tiene la justicia de transición para repercutir de forma positiva en nuestras vidas y en nuestro futuro.

Tengo la firme creencia de que los cuatro elementos clave de la justicia de transición pueden servir también para hacer frente a las crisis medioambientales y las violaciones a gran escala de derechos humanos que suelen provocar.  

El primer elemento de la justicia de transición es la verdad, la cual da derecho a víctimas, comunidades afectadas y al público general a buscar y obtener toda la información relevante relacionada con violaciones de derechos humanos, incluyendo el derecho a un medioambiente limpio, sano y sostenible, como por ejemplo los datos sobre cambio climático, sus causas y sus repercusiones. Las iniciativas para buscar la verdad deben ofrecer asimismo una plataforma para que las comunidades afectadas puedan compartir sus experiencias, prioridades y preocupaciones.  Desgraciadamente, en muchas ocasiones se niega la verdad, tal como hemos visto, por ejemplo, en las campañas de desinformación que ha lanzado el lobby de los combustibles fósiles.

El segundo elemento de la justicia de transición es la propia justiciaexigiendo cuentas de manera individual o colectiva a Estados, empresas, personas y otros actores responsables.

El tercer elemento son las reparaciones, las cuales pueden incluir medidas individuales y colectivas y que pueden adoptar distintas formas, ya sean económica, material o simbólica.   Las reparaciones, conforme al derecho internacional, incluyen la restitución, como puede ser la devolución de tierras, recursos y medios de vida a las víctimas y comunidades afectadas; indemnización por daños económicamente evaluables; rehabilitación incluyendo el apoyo médico, de salud mental y psicológico, así como servicios legales y sociales; y la compensación la cual contempla una amplia gama de medidas, incluyendo actos simbólicos, como el reconocimiento, las disculpas, las conmemoraciones y los tributos a las víctimas, así como la aceptación de responsabilidad por daños medioambientales.

El cuarto elemento de la justicia de transición es la garantía de no repetición.  Este elemento tiene intrínsecamente una visión de futuro, y tiene el objetivo de prevenir futuras violaciones de derechos humanos.   Son necesarias reformas institucionales, legislativas y de políticas, junto con reformas en educación y cultura, para abordar las causas subyacentes de las crisis medioambientales y de las violaciones y abusos de derechos humanos relacionados.

Colegas,

De hecho, a la vez que las reparaciones por daños del pasado son esenciales para exigir responsabilidades, también debemos mantener una visión de futuro.

Esto significa diseñar medidas eficaces para prevenir violaciones futuras.

Una economía con base en los derechos humanos aspira a desmantelar las causas originarias y las barreras estructurales hacia la igualdad, la justicia y la sostenibilidad.  

Garantiza que los modelos empresariales y las políticas económicas se rijan por las normas de derechos humanos y que sitúan a las personas y al planeta en su centro de atención.

También impulsa un reparto más justo de recursos que reduce las desigualdades dentro de los países y entre ellos.

No puedo enfatizar lo suficiente la necesidad de que todos los Estados cumplan con sus compromisos económicos globales contra el cambio climático, incluyendo para la mitigación y adaptación ante el cambio climático y para contrarrestar las pérdidas y daños.

Pero hemos de ahondar aun mas en estas medidas.

Para ello, debemos transformar nuestras economías y sociedades.

Como punto de partida, el reciente informe de mi Oficina sobre cambio climático y el derecho a alimentos, destaca cómo las políticas económicas, incluyendo la ayuda económica, el servicio de la deuda, las estructuras tributarias, deben transformarse para garantizar que los que contaminan paguen por los daños medioambientales que provocan.  El Secretario General de las Naciones Unidas va a publicar pronto también un nuevo y relevante informe sobre derechos humanos y las pérdidas y daños resultantes del cambio climático.   Hemos de seguir impulsando este debate.

Conforme a la normativa de derechos humanos, los responsables de la crisis climática están legalmente obligados a adoptar las medidas necesarias para detener, minimizar y remediar sus consecuencias para los derechos humanos.  La ciencia hace tiempo que lo ha dejado claro, y este hecho tiene consecuencias legales para los encargados de diseñar las políticas y los líderes políticos.

Colegas,

Nuestros debates aquí y en otros foros destacados son cruciales para promover los cambios que todos necesitamos.

Yo apelo a que todos estos esfuerzos se guíen firmemente por el conocimiento de primera mano que aportan las víctimas y las comunidades afectadas.

Las experiencias y las reclamaciones de aquellas personas más afectadas por la crisis climática aportan una vida nueva a los marcos legales.

La realidad que estas personas afrontan saca a la luz los errores que es necesario corregir y en qué esferas debemos mejorar.

Las personas importan.  Sus historias y sus ideas importan. Los casos y soluciones que aportan importan.

Y los hechos y el conocimiento importan.

Todas las personas tienen el derecho de acceder a información y el derecho a beneficiarse de la ciencia y de sus aplicaciones.

No podemos proteger el medioambiente sin medidas eficaces destinadas a asegurar que aquellas personas que hayan experimentado de primera mano las peores consecuencias de los daños que conlleva tengan acceso a información, justicia y a recursos efectivos, y quizás lo que sea más importante, para crear un lugar donde escuchar sus historias y demandas, esperando que podamos actuar para ponerles remedio.

Gracias.

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