¿Qué son los órganos de tratados?
Los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos son comités de expertos independientes que han recibido un mandato para supervisar la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos. Cada Estado Parte en un tratado tiene la obligación de adoptar medidas para velar por que todas las personas de ese Estado puedan disfrutar de los derechos estipulados en el tratado.
Hay diez órganos de tratados de derechos humanos compuestos de expertos independientes de notoria competencia en la materia, que son postulados y elegidos por los Estados Partes para desempeñar mandatos de plazos fijos, renovables cada cuatro años.
Los órganos de tratados se reúnen en Ginebra, Suiza. Todos los órganos de tratados reciben apoyo de la División de Tratados de Derechos Humanos del ACNUDH en Ginebra.
Más información sobre los órganos de tratados
Nota: Debido a la actual situación de liquidez de la Secretaría de las Naciones Unidas y a las medidas de conservación de efectivo asociadas, es posible que deban ajustarse las modalidades de las sesiones plenarias de los órganos de tratados y de las visitas a los países para el resto del año y que no se celebren todos los Grupos de Trabajo anteriores a las sesiones. A la espera de confirmación, les animamos a consultar las páginas web de las sesiones de cada Comité para obtener más información y actualizaciones a medida que evolucione la situación.
¿Qué tratados supervisan estos órganos?