Mandato
Relator Especial sobre la lepra
El Relator Especial tiene el mandato del CDH resolución 44/6:
- Hacer un seguimiento de los avances realizados y las medidas adoptadas por los Estados en lo relativo a la eficaz aplicación de los principios y directrices para la eliminación de la discriminación de las personas afectadas por la lepra y sus familiares con miras a hacer efectivo el goce de los derechos humanos de las personas afectadas por la lepra y sus familiares en todas las regiones del mundo e informar sobre dichos avances y medidas, y formular recomendaciones al Consejo de Derechos Humanos a este respecto;
- Entablar un diálogo y celebrar consultas con los Estados y otros interesados pertinentes, incluidos los órganos, organismos especializados, fondos y programas de las Naciones Unidas, en particular la Organización Mundial de la Salud, otras organizaciones intergubernamentales, los mecanismos regionales de derechos humanos, las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones no gubernamentales, con el fin de determinar, intercambiar y promover buenas prácticas para hacer efectivos los derechos de las personas afectadas por la lepra y sus familiares;
- Sensibilizar acerca de los derechos de las personas afectadas por la lepra y sus familiares y luchar contra los estigmas, los prejuicios, la discriminación y las prácticas y creencias tradicionales nocivas;
- Seguir presentando un informe anual al Consejo de Derechos Humanos, e informar también a la Asamblea General a partir de su septuagésimo sexto período de sesiones.
Métodos de trabajo
En el cumplimiento de su mandato, la Relatora Especial:
- Transmite a los Estados miembros llamamientos urgentes y cartas de denuncia sobre presuntas violaciones de los derechos de las personas afectadas por la lepra y sus familiares. El Relator Especial resume estas comunicaciones, así como las respuestas recibidas de los gobiernos, en un informe anual presentado al Consejo de Derechos Humanos.
- Realiza visitas de investigación a los países.
- Presenta al Consejo de Derechos Humanos informes anuales sobre las actividades relacionadas con el mandato.