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En septiembre de 2011, el Consejo de Derechos Humanos aprobó la resolución 18/7, (renovado en 2023 en la resolución 54/8), en la que decidió nombrar, por un período de tres años, un Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. El Relator Especial se ocupará de las situaciones de transición tras un conflicto o un régimen autoritario en las que se hayan producido violaciones manifiestas de los derechos humanos y graves violaciones del derecho internacional humanitario.

El Consejo de Derechos Humanos pidió al Relator Especial:

a) Contribuir, cuando se le solicite, a la prestación de asistencia técnica o de servicios de asesoramiento sobre las cuestiones inherentes al mandato y, si procede, facilitarla;
b) Reunir la información pertinente sobre las situaciones nacionales, incluidos los marcos normativos, las prácticas y las experiencias nacionales, tales como las comisiones de verdad y reconciliación y otros mecanismos, en relación con la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición para hacer frente a las vulneraciones manifiestas de los derechos humanos y a las violaciones graves del derecho internacional humanitario, estudiar las tendencias, las novedades y los problemas, y formular recomendaciones al respecto;
c) Identificar, intercambiar y promover las buenas prácticas y las enseñanzas obtenidas, e identificar posibles elementos adicionales con miras a recomendar modos y medios de mejorar y reforzar la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición;
d) Entablar un diálogo regular y cooperar, entre otras entidades, con los Gobiernos, las organizaciones internacionales y regionales, las instituciones nacionales de derechos humanos y las organizaciones no gubernamentales, así como con los órganos y mecanismos competentes de las Naciones Unidas;
e) Formular recomendaciones sobre medidas judiciales y no judiciales, entre otras cosas, al elaborar y aplicar estrategias, políticas y medidas para hacer frente a las vulneraciones manifiestas de los derechos humanos y a las violaciones graves del derecho internacional humanitario;
f) Continuar analizando la contribución de la justicia de transición a la prevención de las vulneraciones manifiestas de los derechos humanos y las violaciones graves del derecho internacional humanitario, como el genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad, y su repetición;
g) Hacer visitas a los países y responder con prontitud a las invitaciones de los Estados;
h) Participar y hacer contribuciones en las conferencias y eventos internacionales pertinentes, con el fin de promover un enfoque sistemático y coherente de las cuestiones inherentes al mandato;
i) Concienciar sobre el valor de un enfoque sistemático y coherente para hacer frente a las vulneraciones manifiestas de los derechos humanos y las violaciones graves del derecho internacional humanitario, y formular recomendaciones al respecto;
j) Integrar una perspectiva de género en toda la labor del mandato;
k) Integrar un enfoque centrado en las víctimas en toda la labor del mandato;
l) Trabajar en estrecha coordinación, evitando las duplicaciones innecesarias, con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, otras entidades competentes de la Secretaría de las Naciones Unidas, los organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, otros procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y otros actores pertinentes;
m) Informar anualmente al Consejo de Derechos Humanos y a la Asamblea General.

La resolución subraya la importancia de adoptar un enfoque integral en procesos de justicia de transición, el cual incorpore toda la gama de medidas judiciales y no judiciales (incluyendo, entre otras, enjuiciamientos individuales, reparaciones, búsqueda de la verdad, reforma institucional, investigación de empleados y funcionarios públicos), con el fin de, entre otros, garantizar la rendición de cuentas, hacer justicia, ofrecer recursos a las víctimas, promover la pacificación y reconciliación, establecer una supervisión independiente del sistema de seguridad y reestablecer la confianza en las instituciones del Estado, además de promover el estado de derecho en conformidad con la normativa internacional de derechos humanos.

En su resolución, el Consejo de Derechos Humanos hace un llamamiento a los Gobiernos a cooperar y ayudar al Relator Especial en el cumplimiento de su mandato, a proporcionarle toda la información necesaria que él o ella pueda solicitar además de considerar seriamente el responder de forma favorable a sus peticiones para visitar su país con el objeto de permitirle desempeñar sus funciones de forma efectiva.

Las resoluciones que dieron lugar a la creación de este mandato

Órgano

Sesión

Fecha

Tema

Número de símbolo

CDH

 

2023

Prórroga del mandato

A/HRC/RES/54/8

CDH

 

2020

Prórroga del mandato

A/HRC/RES/45/10

CDH

 

2017

Prórroga del mandato

A/HRC/RES/36/7

CDH

 

2014

Prórroga del mandato

A/HRC/RES/27/3

CDH

 

2011

Creación del mandato del Relator Especial

A/HRC/RES/18/7

CDH

 

2010

Genética forense y derechos humanos

A/HRC/RES/15/5

CDH

 

2009

El derecho a la verdad

A/HRC/RES/12/12

CDH

 

2009

Derechos humanos y justicia de transición

A/HRC/RES/12/11

CDH

 

2009

Genética forense y derechos humanos

A/HRC/RES/10/26

CHR

 

2005

Derecho a la verdad

E/CN.4/RES/2005/66

CHR

 

2005

Impunidad

E/CN.4/RES/2005/81

CHR

 

2005

Derechos humanos y justicia de transición

E/CN.4/RES/2005/70

Resoluciones relacionadas

Fecha

Tema

Título

Símbolo

2014

La verdad

Resolución de la Asamblea General, Derecho a la verdad

A/RES/68/165

2013

Reparaciones

Rehabilitación de las víctimas de la tortura

A/HRC/RES/22/21

2012

La verdad

Resolución del Consejo de Derechos Humanos, Derecho a la verdad

A/HRC/RES/21/7

2012 

Justicia de transición

Derechos humanos y justicia de transición

A/HRC/RES/21/15

2010

La verdad

Resolución del Consejo de Derechos Humanos, Genética forense y derechos humanos

A/HRC/RES/15/5

2009

Justicia de transición

Derechos humanos y justicia de transición

A/HRC/RES/12/11

2009

La verdad

Resolución del Consejo de Derechos Humanos, Derecho a la verdad

A/HRC/RES/12/12

2009

La verdad

Resolución del Consejo de Derechos Humanos, Genética forense y derechos humanos

A/HRC/RES/10/26

2008

La verdad

Resolución del Consejo de Derechos Humanos, Derecho a la verdad

A/HRC/RES/9/11 

2005 

Justicia de transición

Derechos humanos y justicia de transición

E/CN.4/RES/2005/70

(2005) 

Justicia de transición

Impunidad

E/CN.4/RES/2005/81

2005

La verdad

Resolución de la Comisión de Derechos Humanos, Derecho a la verdad

E/CN.4/RES/2005/66