DeclaracionesOficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Comentarios de la portavoz del ACNUDH Ravina Shamdasani sobre los castigos corporales en Afganistán. Ginebra, 25 de noviembre de 2022
25 noviembre 2022
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La Oficina del ACNUDH desea expresar su consternación por las flagelaciones en masa realizadas en público el miércoles por las autoridades de facto afganas a 14 personas en la provincia de Logar y pide el cese inmediato de este tipo de castigo abominable.
El castigo corporal constituye una forma cruel, inhumana o degradante de maltrato, prohibida en virtud de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, así como por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Afganistán es Estado Parte en ambos convenios.
Desde que los talibán llegaron al poder en el país, el 15 de agosto de 2021, la Oficina del ACNUDH ha venido documentando numerosas instancias de castigo corporal, ejecutado en público, en muchos casos por supuestas vulneraciones de los códigos religiosos o morales. Tan solo en los últimos 12 días, una mujer y un hombre recibieron 39 latigazos cada uno por haber mantenido relaciones íntimas fuera del matrimonio, un niño fue azotado 60 veces por un hurto de menor cuantía y un hombre recibió 20 latigazos por haber robado en una tienda. El 23 de noviembre de 2022, tres mujeres y once hombres recibieron entre 35 y 100 latigazos en un estadio de fútbol de la provincia de Logar, por presuntos delitos, entre los que figuraban los de “violar las normas de conducta social” o de mantener “relaciones ilícitas”.
El castigo corporal es una violación de derechos humanos, según lo estipula el derecho internacional. Asimismo nos preocupa el hecho de que el arresto, el juicio, la sentencia y la ejecución de la condena se lleven a cabo el mismo día. Todas las personas tienen derecho a ser tratados con dignidad y de manera equitativa.
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