Antecedentes del Pacto
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ICESCR) fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 3 de enero de 1976, después de que 35 Estados Partes la ratificaran.
Este Pacto y el CCPR se basan en los derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Juntos, la Declaración Universal y estos dos Pactos forman la Carta Internacional de Derechos Humanos.
¿Cómo protege a las personas?
El PIDESC pretende garantizar la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, entre otros:
- No a la discriminación
- Derecho a la igualdad entre hombres y mujeres
- Derecho al trabajo
- Libertad para elegir y aceptar el trabajo
- Derecho a condiciones de trabajo justas y favorables
- Derecho a crear sindicatos
- Derecho a la huelga
- Derecho a la seguridad social
- Derecho de las madres a una protección especial antes y después del parto
- Liberar a los niños de la explotación social y económica
- Derecho a un nivel de vida adecuado
- No pasar hambre
- Derecho a la salud
- Derecho a la educación
- Libertad de los padres para elegir la escolarización de sus hijos
- Derecho a participar en la vida cultural
- Derecho a disfrutar de los beneficios de la ciencia
- Derecho de los autores a los intereses morales y materiales de las obras
- Libertad para emprender investigaciones científicas y actividades creativas
Antecedentes del Protocolo Facultativo
Además del procedimiento de presentación de informes, el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (OP-ICESCR), que entró en vigor el 5 de mayo de 2013, permite al Comité:
- recibir y examinar las comunicaciones de las personas que alegan que se han violado sus derechos en virtud del Pacto;
- realizar investigaciones sobre violaciones graves o sistemáticas de cualquiera de los derechos económicos, sociales y culturales establecidos en el Pacto;
- considerar las reclamaciones interestatales.
Cuando las personas no pueden acceder a la justicia en los tribunales de su país por violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), pueden presentar una denuncia ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR). Sin embargo, su país debe ser primero parte del tratado OP-ICESCR mediante la ratificación o adhesión.
Etapas de la preparación del Pacto y del Protocolo Facultativo
Las sesiones de debate se celebraron en 1996 y 1995.
Un proyecto de protocolo facultativo del Pacto | E/C.12/1995/SR.50 E/C.12/1996/SR.19 E/C.12/1996/SR.20 E/C.12/1996/SR.47 E/C.12/1996/SR.48 E/C.12/1995/SR.50 |
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