Múltiples mecanismos
“El aborto inseguro sigue matando a decenas de miles de mujeres en todo el mundo” – Advierten expertos de la ONU
El aborto inseguro mata
27 septiembre 2016
Día International del Aborto Seguro - Miércoles 28 de septiembre de 2016
GINEBRA (27 de septiembre de 2016) - Anticipándose al Día Internacional del Aborto Seguro, un grupo de expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas instó a todos los Estados del mundo que derogaran las leyes y las políticas restrictivas sobre el aborto, así como todas las medidas punitivas y las barreras discriminatorias para el acceso a servicios seguros de salud reproductiva.
Los expertos también expresaron su apoyo a la iniciativa de organizaciones no gubernamentales para considerar el 28 de septiembre día oficial de las Naciones Unidas para el aborto seguro en todo el mundo, y así instar a los gobiernos a despenalizar el aborto y proporcionar servicios de salud reproductiva de manera legal, segura y asequible.
“En el siglo XXI el aborto inseguro es una de las principales causas de mortalidad y morbilidad materna. Según la Organización Mundial de la Salud, cada año se realizan aproximadamente 22 millones de abortos inseguros en todo el mundo y se estima que 47.000 mujeres mueren anualmente debido a complicaciones derivadas del recurso a prácticas inseguras para la interrupción del embarazo.
La penalización del aborto y la denegación de proporcionar un acceso adecuado a servicios para la interrupción de un embarazo no deseado son formas de discriminación basadas en el sexo. Las legislaciones restrictivas que niegan el acceso al aborto seguro, son una de las formas más perjudiciales de la instrumentalización de los cuerpos de las mujeres y una grave violación de sus derechos humanos. Las consecuencias para las mujeres son graves y a veces acaban pagando con sus vidas.
Estas leyes restrictivas se aplican al 40% de la población mundial. En los países que prohíben el aborto, las mujeres que buscan servicios de salud en relación con la interrupción de un embarazo, ya sea con el fin de llevar a cabo dicha interrupción o para buscar atención médica después de un aborto espontáneo, pueden ser sometidas a un proceso judicial y ser encarceladas. La prohibición no reduce la necesidad ni el número de abortos; sólo aumenta los riesgos para la salud y la vida de las mujeres y las niñas que acuden a servicios inseguros e ilegales.
La educación sexual integral basada en la evidencia y la disponibilidad de métodos anticonceptivos eficaces son esenciales para reducir la incidencia de embarazos no deseados y, por lo tanto, para reducir el número de abortos. De hecho, se ha demostrado que los países en donde se facilita el acceso a la información y a los métodos anticonceptivos modernos y donde el aborto es legal, tienen los índices de aborto más bajos. La posibilidad de acceder a un aborto seguro sigue siendo esencial: los embarazos no deseados no pueden prevenirse totalmente, dado que ningún método anticonceptivo es eficaz al 100%, y que las mujeres pueden estar expuestas a la violencia sexual.
Recomendamos la buena práctica en uso en muchos países que garantiza el acceso de las mujeres a los servicios de aborto seguro, durante el primer trimestre del embarazo. Insistimos en las normas internacionales según las cuales las mujeres pueden acceder a servicios de aborto, como mínimo, en casos de riesgo para la vida o la salud, incluida la salud mental, la violación, el incesto y el impedimento irreversible del feto durante el primer trimestre o después si es necesario. En este contexto, los Estados también deberían permitir que las niñas y adolescentes embarazadas pudieran interrumpir embarazos no deseados, los cuales, llevados a cabo, si se llevasen a término las exponen a un riesgo mucho mayor para su vida y salud, incluida una muy alta probabilidad de sufrir de una fístula obstétrica, y también impiden la finalización de su educación y obstaculizan el desarrollo de sus posibilidades económicas y sociales.
Instamos a los Estados a derogar las leyes y políticas restrictivas en relación con el aborto, que no cumplen con los requisitos de las normas internacionales de derechos humanos y que tienen un impacto discriminatorio y negativo para la salud pública, y a eliminar todas las medidas punitivas y barreras discriminatorias para el acceso seguro a los servicios de salud reproductiva. Estas leyes y políticas violan el derecho humano de la mujer a la salud y niegan su autonomía en la toma de decisiones acerca de su propio cuerpo.
No podemos tolerar la grave violación de los derechos humanos de la mujer en base a su sexo y sus diferencias biológicas. No podemos tolerar la alta incidencia de las muertes evitables de mujeres y niñas que resultan de cuestiones relacionadas con la maternidad, incluido el aborto inseguro.
El Día Internacional del Aborto Seguro
En los últimos 30 años, los grupos de derechos de la mujer se han movilizado el 28 de septiembre, denominado el 'Día Internacional del Aborto Seguro', para instar a sus gobiernos a despenalizar la interrupción del embarazo, acabar con el estigma y la discriminación en torno a la práctica del mismo, y prestar tales servicios en un marco legal, de manera segura y asequible.
Originario de América Latina y el Caribe, el 28 de septiembre, que conmemora la abolición de la esclavitud de los niños nacidos de madres esclavas en Brasil, fue rebautizado como día del “vientre libre” y el movimiento se extendió a todas las demás regiones del mundo.
Si bien la esclavitud ha sido abolida, todavía hay un largo camino por recorrer antes de que los cuerpos y vientres de las mujeres de todo el mundo dejen de ser instrumentalizados en nombre de la moral o las tradiciones patriarcales y con fines políticos, económicos o culturales.
Unimos nuestras voces a las voces de muchas organizaciones no gubernamentales fuertes y valientes que han solicitado el acceso a abortos seguros en todo el mundo mediante la solicitud de que el 28 de septiembre sea declarado el día internacional de la ONU sobre el aborto seguro.”
NOTA PARA LOS JEFES DE REDACCIÓN:
Muchos instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos han afirmado que para garantizar los derechos humanos de la mujer se requiere el acceso al aborto seguro y de calidad así como servicios y atención post-aborto , incluida la CEDAW, la Convención de Belém do Pará y el Protocolo de Maputo de 2005. El Comentario General N°22 de 2016 del CESCR también exige garantizar a las mujeres y las niñas el acceso a servicios de aborto seguro y atención post-aborto de calidad para prevenir la mortalidad y la morbilidad maternas.
(*) Los expertos de la ONU: Alda Facio, Presidenta del Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica; Dainius Pūras, Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel de salud física y mental; Juan E. Méndez, Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y Dubravka Šimonović, Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias;
Para obtener más información, consulte los siguientes documentos:
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer: http://www.ohchr.org/en/instruments-mechanisms/instruments/convention-elimination-all-forms-discrimination-against-women
Informe de seguridad y salud en el Grupo de Trabajo de la ONU sobre discriminación contra la mujer:http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/32/44#sthash.LwS545RE.dpuf
Informe sobre el derecho a la salud de los adolescentes por el Relator Especial de la ONU sobre la salud: http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/32/32
Informe sobre las perspectivas de género por el Relator Especial de la ONU sobre la tortura: http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/31/57
Los Relatores Especiales y Grupos de Trabajo son parte de lo que se conoce como los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los procedimientos especiales, el mayor cuerpo de expertos independientes en el sistema de Derechos Humanos de la ONU, es el nombre general del Consejo independiente para la investigación de los hechos y de los mecanismos de supervisión que atender situaciones concretas de países o cuestiones temáticas en todas las partes del mundo. Procedimientos especiales’ expertos trabajan sobre una base voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno u organización y sirve en su capacidad individual. Obtenga más información, conéctese a: http://www.ohchr.org/en/special-procedures-human-rights-council
Para más información y solicitudes de prensa, póngase en contacto con Claire Mathellié (+41 22 917 9151 / wgdiscriminationwomen@ohchr.org) o Bernadette Arditi (+41 22 917 9159/ barditi@ohchr.org)
Para solicitudes de medios relacionadas con otros expertos independientes de la ONU, favor ponerse en contacto con:
Xabier Celaya – Unidad de Medios (+ 41 22 917 9383 / xcelaya@ohchr.org)
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