Convocatoria de contribuciones: la consolidación de la paz en el contexto de los desplazamientos internos
Publicado por
Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos
Plazo límite
30 junio 2024
Publicado por
Relator Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos
Plazo límite
30 junio 2024
De conformidad con la Resolución 50/6 del Consejo de Derechos Humanos, la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos ha comenzado a preparar su informe temático para el 79º período de sesiones de la Asamblea General, que se presentará en octubre de 2024. El informe examinará la consolidación de la paz en el contexto de los desplazamientos internos.
La Relatora Especial reitera que la prevención y la solución de los desplazamientos internos están inextricablemente vinculadas al logro y el mantenimiento de la paz,[1] especialmente a la luz del Nueva Agenda de Paz.[2] Para que la paz sea sostenible, la mediación, los procesos de paz[3] , los acuerdos de paz y la consolidación de la paz deben tener en cuenta el desplazamiento interno y reforzar las soluciones duraderas de conformidad con el Marco de soluciones duraderas para los desplazados internos del Comité Permanente entre Organismos.[4] Tales esfuerzos de paz pueden proporcionar reparación por el desplazamiento y las violaciones de derechos humanos asociadas y fomentar la cohesión social. Además, la integración de una misión de paz puede contribuir a proteger a los civiles, contribuir a prevenir los desplazamientos y propiciar las condiciones para la justicia y la reconciliación.
Sin embargo, estas iniciativas de resolución de conflictos a menudo no prestan suficiente atención a la cuestión de los desplazamientos internos ni logran la participación significativa de los desplazados internos.[5] La Relatora Especial coincide con el Grupo de Alto Nivel sobre los Desplazamientos Internos y el Agenda de Acción en la importancia de integrar los desplazamientos internos en los procesos de paz, los acuerdos de paz y la consolidación de la paz, y de lograr la participación de los desplazados internos, en particular las mujeres, los jóvenes y los grupos minoritarios.[6] Los acuerdos de paz deben abordar las necesidades específicas, los derechos y los intereses legítimos de los desplazados internos, e incorporar un enfoque basado en los derechos humanos para apoyar soluciones duraderas que garanticen la participación de los desplazados internos en los procesos de paz y en las actividades de consolidación de la paz. Esto incluye la participación de las mujeres, de acuerdo con la resolución 1325/2000 del Consejo de Seguridad sobre las mujeres ,la paz y la seguridad.
Para su presente informe, la Relatora Especial se basará en el trabajo de sus predecesores[7] y examinará las lecciones aprendidas y los retos con respecto a la integración del desplazamiento interno en los procesos de mediación y paz, los acuerdos de paz, la consolidación de la paz y las operaciones de paz/mantenimiento de la paz. Esto incluirá la justicia transicional[8] y las iniciativas para restablecer los derechos a la vivienda, la tierra y la propiedad[9] en contextos de desplazamiento interno. Toma nota del informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición sobre las experiencias prácticas de los programas nacionales de reparación,[10] en particular su conclusión de que los desplazados internos siguen estando excluidos de los programas de reparación y seguirá examinando esa cuestión.[11] La Relatora Especial considera que las iniciativas para promover la recuperación de las violaciones generalizadas de los derechos mediante el reconocimiento del daño[12] y los esfuerzos para promover la cohesión social mediante el diálogo efectivo y la reconciliación entre las comunidades, es un componente crucial para resolver de manera sostenible los conflictos y prevenir la aparición o el resurgimiento de nuevos conflictos en el futuro.[13] En este sentido, recuerda la conclusión del Grupo de Alto Nivel sobre Desplazamiento Interno acerca de la insuficiente aplicación de este tipo de iniciativas, que contribuyen a la curación, la recuperación, la reconciliación y la cohesión social.[14]
La Relatora Especial también examinará los vacíos y los retos, así como la necesidad de enfoques integrales y basados en los derechos para abordar las cuestiones interrelacionadas de la paz y el desplazamiento interno, haciendo especial hincapié en la protección y la participación de los desplazados internos. También analizará la aplicación y la sostenibilidad, profundizando en la medida en que los procesos de paz han abordado la situación y las necesidades de los desplazados internos y han atajado las causas profundas del desplazamiento. El informe también examinará el papel de los actores internacionales, regionales y nacionales de la paz en el apoyo a los esfuerzos de los países para abordar los derechos y necesidades de los desplazados internos en el contexto de la consolidación de la paz y en la contribución al logro de soluciones duraderas, incluido el papel de los actores humanitarios y de desarrollo en el logro de soluciones duraderas para los desplazados internos a través de la consolidación de la paz.
Descargar el cuestionario (PDF):
English | Français | Español
[1] Addressing Internal Displacement in Peace Processes, Peace Agreements and Peace-Building | Brookings.
[2] Informe político "Nuestro Programa Común 9", acciones 2 y 3 (p. 15) y pp. 19-26.
[3] Debe entenderse que la mediación incluye la gestión de conflictos, la resolución de conflictos y los procesos de transformación de conflictos. Véase Departamento de Asuntos Políticos y Consolidación de la Paz, "Engaging at the local level: options for UN mediators" nota práctica, septiembre de 2022.
[4] Véase A/HRC/13/21/Add.4, secc. E.
[5] A/78/245, párrafo 75.
[6] Grupo de Alto Nivel sobre Desplazamiento Interno, Shining a Light on Internal Displacement, pp. 15 y 16.
[7] Véanse A/62/227, A/68/225, A/HRC/10/13 y A/HRC/13/21/Add.4.
[8] A/73/173.
[9] A/HRC/47/37.
[10] A/HRC/42/45.
[11] Ibídem, párrs. 125 y 129.
[12] A/73/173.
[13] Grupo de Alto Nivel sobre Desplazamiento Interno, Shining a Light on Internal Displacement, p. 16.
[14] Ibídem, pp. 16 y 17.