Perú indemniza a una mujer en histórico caso de aborto presentado ante las Naciones Unidas
18 enero 2016
En 2001, una joven peruana de 17 años de edad llamada K.L. estaba embarazada de 14 semanas cuando los médicos del hospital público de Lima le diagnosticaron al feto una anencefalia. La anencefalia es una malformación letal, ya que el feto carece de la mayor parte del cerebro anterior o de su totalidad. Los médicos le informaron de que la continuación del embarazo podía poner en peligro su vida y su salud. Y le recomendaron que abortara.
El aborto era legal en Perú por esos motivos, pero el hospital se negó a interrumpir el embarazo con el argumento de que el Estado no había publicado reglas claras en lo tocante a proporcionar ese servicio. K.L. se vio obligada a continuar su embarazo hasta el final y amamantar al bebé durante los cuatro días que vivió. Esa decisión tuvo graves consecuencias para su salud mental y física.
Se presentó una denuncia ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en la que se afirmaba que negar a K.L. el acceso a los procedimientos médicos legales constituía una violación de sus derechos humanos. El Comité estuvo de acuerdo y recomendó que el gobierno peruano indemnizara a K.L. Esto ocurrió en 2005.
Ahora, casi un decenio más tarde, el gobierno del Perú ha aceptado indemnizar a la joven.
La decisión del Comité señaló la primera vez que un órgano de derechos humanos de las Naciones Unidas exigía responsabilidades a un gobierno por no garantizar el acceso a servicios legales de aborto. El Comité sostuvo que el Perú había violado los derechos de la víctima, en virtud de varios artículos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros el derecho a un remedio eficaz, la prohibición de la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes, el derecho a la vida privada y el derecho de los menores de edad a medidas de protección.
“Por supuesto, hubiera sido mejor que la víctima no hubiera tenido que esperar una década para obtener la indemnización, pero lo importante es que el perjuicio que padeció ha sido reconocido oficialmente”, declaró Sir Nigel Rodley, uno de los miembros del Comité actual que participo también en el Comité original que emitió la recomendación en 2005.
El presidente del Comité, Fabián Salvioli, dijo que es importante que los Estados acaten las decisiones del Comité.
“Cuando un Estado acata una de esas decisiones, honra sus obligaciones y da esperanzas al resto de las víctimas involucradas en otros casos ante el Comité”, afirmó Salvioli. “Los Estados deben cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos, en virtud del Pacto Internacional, porque esa actitud contribuiría a crear sociedades más justas”.
El caso de K.L. fue presentado ante el Comité por el Centro de Derechos Reproductivos, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer y el Centro de Asesoramiento para la Defensa de los Derechos de la Mujer. En una nota de prensa publicada poco después de que el Perú aceptara el acuerdo en el mes de diciembre, la Sra. Nancy Northrup, Directora del Centro de Derechos Reproductivos, declaró que si bien la decisión de indemnizar a K.L. era importante, todavía quedaba mucho que hacer en lo tocante al acceso a los servicios de salud reproductiva.
“Es hora de que el Perú aclare y ponga en vigor directrices para el aborto seguro y siga mejorando el acceso de todas las jóvenes y las mujeres a los servicios esenciales de salud reproductiva”, afirmó.
24 de febrero de 2016